-----------------------------------
2JM
Fri 11 Feb, 2011 02:50

Legalidad de los manos libres para motoristas
-----------------------------------
Bueno, este es un tema algo caldeado.....

Vamos al lio, he estado hablando con una pareja de guardia civiles hoy mismo y les he preguntado por este tema en cuestión....

Para estar permitido su uso a de ser

1º (el más obvio...) que esté homologado.....

2º (MUY IMPORTANTE Y A TENER EN CUENTA) el auricular o auriculares no pueden estar metidos dentro del oido como por ejemplo los auriculares de los mp3, disman o del movil....los "auriculares han de ser pequeños altavoces adheridos al casco, nunca dentro de la oreja para que el motorista pueda percibir señales acusticas por de otros conductores o la sirena de emergencia de una ambulancia, bomberos o GC.....

3º El kit de manos libres no se puede manipular en ningún momento una vez se emprenda la marcha, es decir, que todo lo haga de forma automática ( responder una llamada, marcar una llamada pj  llamar a ....arsenico razz )


Los GC han ssido muy simpáticos y me han informado detalladamente de todo esto pero ojo, también me han comentado un detalle que me a dejado "con la cara partida" ???  y es que al parecer, estos detalles constan en el artículo 18 del Reglamento General de Circulación peeero al parecer estos detalles se los pasan por el forro la policia local.......por lo que multan diciendo que está prohibido y listo y punto pelota..... evil 

También me han dado como referencia un foro que usan mucho entre ellos, es un foro público y abierto, aki os lo dejo por si quereis leerlo Foro policia

Si os fijais, la ley en un principio entra en desacuerdo consigo misma ya que la ley en si no expecifica lo de los auriculares....pero al parecer es un apartado que tiene esa misma ley.....

Por si alguno tiene ganas os dejo también el Reglamento general de la conducción

Para que no os tireis el rato que me he tirado yo.....os copio y pego exactamente el apartado que nos "libra de la santa multa"

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares

ójo al dato porque dice auriculares o similares, no dice nada de "altavoces adheridos" y según este detalle y solo así será permitido el uso de manos libres.

Bueno compis, espero haberos ayudado en la medida de lo posible.

Un saludo  ;-) 


PD aki teneis una imagen de como debe de ser un manos libres homologado con "mini altavoces" y no auriculares del tipo que van dentro del oido

http//www.gp800club.com/posted_img_thumbnail.php?pic_id=http//images.motofan.com/PN/2/5/5/gemini-manos-libre-interfono-bluetooth-gemini_fi237893.jpg




